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¿Te aplica la NIS2? Averígualo en 5 minutos.

Autodiagnóstico de aplicabilidad y madurez frente a la Directiva (UE) 2022/2555. Primero comprobamos si tu empresa queda sujeta; después evaluamos 16 controles mapeados a los artículos 20, 21 y 23. Al final te llevas un informe en PDF con tus brechas priorizadas.

16 controles ≈ 5 minutos Informe PDF Sin registro Sin enviar datos

España lleva de retraso en la transposición de la NIS2

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Desde el 17 de octubre de 2024, fecha límite fijada en el artículo 41 de la Directiva (UE) 2022/2555 para que los Estados miembros adoptaran y publicaran las disposiciones necesarias. El 8 de julio de 2026 la Comisión Europea llevó a España ante el Tribunal de Justicia de la UE —junto a Irlanda, Francia y Países Bajos— y solicitó la imposición de sanciones económicas.

Empezar el autodiagnóstico

Punto de partida

Qué dice hoy la normativa

La NIS2 es una directiva: no se aplica sola, necesita una norma nacional que la transponga. Pero mientras esa norma se tramita, el contenido técnico exigible ya está definido en el articulado europeo y no va a cambiar en lo sustancial. Por eso este checklist se construye sobre la Directiva, y no sobre un borrador español que todavía puede moverse.

En vigor
Directiva (UE) 2022/2555 — NIS2 Marco europeo. Art. 20 (gobernanza y responsabilidad de la dirección), art. 21 (medidas de gestión de riesgos), art. 23 (obligaciones de notificación) y art. 34 (sanciones de hasta 10 M€ o el 2 % del volumen de negocio mundial). Ver texto en EUR-Lex →
En vigor
Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2690 Detalla los requisitos técnicos y metodológicos de las medidas del art. 21 y precisa cuándo un incidente es significativo, para proveedores de servicios digitales y de infraestructura digital. Es la referencia más concreta disponible sobre «qué hay que implantar». Ver texto en EUR-Lex →
Ante el TJUE
Procedimiento de infracción contra España — INFR(2024)0270 Dictamen motivado en mayo de 2025 y, el 8 de julio de 2026, remisión al Tribunal de Justicia de la UE con petición de sanciones económicas, más de veinte meses después de vencer el plazo. La consecuencia práctica para las empresas es que el marco nacional sigue sin cerrarse, pero la presión para que se apruebe es máxima. Sala de prensa de la Comisión Europea →
En tramitación
Anteproyecto de Ley de Coordinación y Gobernanza de la Ciberseguridad Norma española de transposición, aprobada en Consejo de Ministros el 14 de enero de 2025 y aún sin publicar en el BOE. Crea el Centro Nacional de Ciberseguridad y reparte las autoridades de control por sectores. Verifica su publicación definitiva antes de tomar decisiones con efectos jurídicos. Departamento de Seguridad Nacional →
Vigente hasta la transposición
RDL 12/2018 y RD 43/2021 — marco NIS1 español Siguen siendo el régimen aplicable a los operadores de servicios esenciales y proveedores de servicios digitales ya designados. Si tu empresa ya estaba sujeta, tus obligaciones actuales derivan de aquí. RD 43/2021 en el BOE →
Complementaria
Directiva (UE) 2022/2557 — CER (resiliencia de entidades críticas) La gemela de la NIS2 en el plano físico. Quien sea entidad crítica bajo CER queda automáticamente sujeto a NIS2 como entidad esencial, con independencia de su tamaño. Ver texto en EUR-Lex →

Para entender el contexto

Si antes de hacer el test quieres el panorama completo —qué ha pasado con la transposición, quién queda sujeto, qué cambia entre entidad esencial e importante y los plazos del artículo 23—, lo he escrito con calma en NIS2 en España 2026: qué te obliga ya.

Aviso legal

Esta herramienta es un autodiagnóstico orientativo con fines divulgativos. No constituye asesoramiento jurídico ni una determinación oficial de sujeción a la NIS2, que corresponde en exclusiva a las autoridades competentes. La calificación real de una entidad depende de su actividad concreta, de las designaciones sectoriales y del texto final de la norma española de transposición, aún pendiente de publicación en el BOE en la fecha de esta revisión.

Los cálculos se ejecutan íntegramente en tu navegador: tus respuestas no se envían, ni se almacenan, ni salen de tu equipo. No hay cookies, recursos de terceros ni medición de uso: no se registran las descargas ni tus interacciones con la herramienta. Última revisión del contenido normativo: .

Paso 1 de 4

¿La NIS2 podría aplicar a tu empresa?

Este resultado es preliminar. El criterio combina el sector de actividad (Anexos I y II de la Directiva) con el tamaño de la entidad según la Recomendación 2003/361/CE, más las excepciones del artículo 2.

Si tu actividad encaja en varios, elige aquella por la que prestas el servicio más relevante para terceros.

Plantilla en unidades de trabajo anual (UTA)

Una UTA equivale a una persona a jornada completa durante todo el año; jornadas parciales y trabajo estacional cuentan como fracciones.

Volumen de negocio anual
Balance general anual

La definición combina plantilla con facturación o balance; no basta con tomar automáticamente el criterio más alto.

Datos de empresas asociadas o vinculadas
Ejercicios consecutivos
Circunstancias especiales (marca las que apliquen)
Paso 2 de 4

Resultado preliminar de aplicabilidad

Orientación inicial según los artículos 2 y 3 de la Directiva (UE) 2022/2555; no es una determinación oficial.

Paso 3 de 4

Checklist de madurez

16 controles, cada uno mapeado a su artículo. Cada nivel está descrito para ese control concreto, así que no tienes que interpretar una escala genérica: elige el que retrate tu situación real. Un diagnóstico optimista no te protege de un incidente ni de una inspección.

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Tu diagnóstico de madurez NIS2

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Madurez

Madurez por dominio

Brechas priorizadas

Ordenadas por criticidad regulatoria y por distancia respecto al nivel exigible. Empieza por arriba.

¿Y ahora qué?

Un diagnóstico solo vale si se convierte en un plan. Descarga el informe para compartirlo con tu dirección, o escríbeme y lo revisamos juntos sin compromiso.

El informe se genera en tu navegador. No se envía nada a ningún servidor.

La referencia

Los 16 controles del checklist

Estos son los controles que evalúa el autodiagnóstico, agrupados por dominio y con el artículo de la Directiva del que sale cada uno. Puedes leerlos aquí como referencia, o hacer el test para puntuarlos y llevarte el informe con tus brechas priorizadas.

Gobernanza, riesgo y supervisión

  1. 01

    Responsabilidad del órgano de dirección

    Art. 20.1

    La dirección aprueba formalmente las medidas de gestión de riesgos de ciberseguridad y supervisa su aplicación. La NIS2 exige que los Estados miembros prevean la responsabilidad del órgano de dirección por las infracciones de la entidad en este ámbito.

  2. 02

    Formación específica de la dirección

    Art. 20.2

    Los miembros del órgano de dirección reciben formación periódica que les permite identificar riesgos y valorar prácticas de gestión de ciberseguridad.

  3. 03

    Análisis de riesgos y política de seguridad

    Art. 21.2.a

    Existe un análisis de riesgos documentado sobre los sistemas de información y una política de seguridad derivada de él, revisada con una periodicidad definida.

  4. 04

    Inventario y clasificación de activos

    Art. 21.2.i

    Se mantiene un inventario actualizado de activos de información y sistemas, con propietario asignado y clasificación según su criticidad.

  5. 05

    Evaluación de la eficacia de las medidas

    Art. 21.2.f

    Se evalúa periódicamente si las medidas funcionan de verdad, mediante auditorías, indicadores o pruebas técnicas, y los hallazgos generan acciones de mejora.

Detección, respuesta y notificación

  1. 06

    Detección y gestión de incidentes

    Art. 21.2.b

    Hay capacidad de detección (registro de eventos, monitorización, alertas) y un procedimiento de respuesta a incidentes con roles, escalado y registro.

  2. 07

    Proceso de notificación 24 h / 72 h / 1 mes

    Art. 23

    Existe un proceso definido, con responsables y canal identificado, para emitir la alerta temprana en 24 horas, la notificación en 72 horas y el informe final en un mes; y para avisar a los destinatarios del servicio cuando proceda.

Continuidad y resiliencia

  1. 08

    Copias de seguridad y recuperación

    Art. 21.2.c

    Hay copias de seguridad conformes a una política definida, protegidas frente al cifrado o el borrado por un atacante, y se verifica su restauración.

  2. 09

    Continuidad de negocio y gestión de crisis

    Art. 21.2.c

    Existen planes de continuidad y de gestión de crisis con RTO y RPO definidos, y se ponen a prueba mediante simulacros.

Cadena de suministro y desarrollo

  1. 10

    Seguridad de la cadena de suministro

    Art. 21.2.d

    Se evalúa el riesgo de proveedores y prestadores de servicios, y los contratos incluyen requisitos de seguridad y de notificación de incidentes.

  2. 11

    Adquisición y desarrollo seguros

    Art. 21.2.e

    La seguridad se considera en la adquisición, el desarrollo y el mantenimiento de sistemas, con requisitos definidos y control de cambios.

  3. 12

    Gestión de vulnerabilidades y parches

    Art. 21.2.e

    Se identifican vulnerabilidades de forma sistemática, se priorizan por riesgo y se aplican parches en plazos definidos, con un canal de divulgación.

Protección técnica

  1. 13

    Control de acceso y autenticación multifactor

    Art. 21.2.i, j

    Se aplica el principio de mínimo privilegio, se revisan los accesos periódicamente y el MFA está desplegado en accesos remotos, cuentas privilegiadas y correo.

  2. 14

    Cifrado y comunicaciones seguras

    Art. 21.2.h, j

    Existe una política de criptografía, la información sensible se cifra en tránsito y en reposo, y se dispone de canales seguros de comunicación, incluidos los de emergencia.

Personas

  1. 15

    Ciberhigiene y concienciación de empleados

    Art. 21.2.g

    Toda la plantilla recibe formación periódica en prácticas básicas de ciberseguridad y se refuerza con ejercicios prácticos, como simulaciones de phishing.

  2. 16

    Altas, bajas y seguridad del personal

    Art. 21.2.i

    Las incorporaciones, los cambios de puesto y sobre todo las salidas siguen un proceso definido: acuerdo de confidencialidad, permisos según el puesto y retirada de accesos y dispositivos el día de la baja.

Cada control se valora en una escala de cinco niveles —no existe, informal, documentado, implantado, medido y mejorado— descrita para ese control concreto, y pondera según su criticidad regulatoria a la hora de calcular el porcentaje de madurez.

Dudas habituales

Preguntas frecuentes sobre la NIS2

Ámbito
¿A qué empresas aplica la NIS2 en España? Con carácter general, quedan fuera las pequeñas empresas: aquellas con menos de 50 UTA y una facturación anual de hasta 10 M€ o un balance anual de hasta 10 M€. Si no se cumplen conjuntamente esas condiciones, debe comprobarse si la entidad entra en la categoría mediana. También deben considerarse las empresas asociadas o vinculadas y los dos últimos ejercicios cerrados. Determinadas entidades quedan sujetas con independencia de su tamaño, como los proveedores de servicios DNS, los registros de nombres de dominio de primer nivel, los prestadores cualificados de servicios de confianza o quienes sean únicos prestadores de un servicio esencial.
Estado
¿Está transpuesta la NIS2 en España? Todavía no. El anteproyecto se aprobó en Consejo de Ministros el 14 de enero de 2025 y sigue sin publicarse en el BOE. El 8 de julio de 2026 la Comisión Europea llevó a España ante el Tribunal de Justicia de la UE por ello. Esperar a la ley para empezar es un error de cálculo: la fecha de aplicación que fijó la Directiva fue el 18 de octubre de 2024, y el retraso español no ha creado un plazo nuevo. El anteproyecto contempla disposiciones transitorias para determinados trámites, pero su alcance definitivo se conocerá con el texto aprobado.
Plazos
¿En qué plazos hay que notificar un incidente? El artículo 23 fija tres hitos: alerta temprana en 24 horas desde que se conoce el incidente significativo, notificación con evaluación inicial en 72 horas e informe final en el plazo de un mes. Es la obligación más difícil de improvisar: sin proceso escrito y sin capacidad de detección, las 24 horas se agotan solo en decidir quién llama.
Categorías
¿Qué diferencia hay entre entidad esencial e importante? Las obligaciones de los artículos 20, 21 y 23 son idénticas. Lo que cambia es la supervisión —proactiva para las esenciales, a posteriori para las importantes— y el techo sancionador: hasta 10 M€ o el 2 % de la facturación mundial frente a 7 M€ o el 1,4 %.
Privacidad
¿Esta herramienta guarda mis respuestas? No. Todo el cálculo y la generación del PDF ocurren en tu navegador. No hay registro, ni cookies, ni envío de respuestas. Puedes comprobarlo con las herramientas de desarrollo abiertas: lo único que se descarga es de mi propio dominio —una tipografía y la librería que compone el PDF—, y ninguna de las dos lleva un solo dato tuyo.